4.2.- Del GARANTE: El(La) señor(a)(ita) "Llenar al imprimir" , quien también subscribe
el presente contrato para los efectos aquí previstos, libre y voluntariamente declara que en conformidad con las disposiciones de los
artículos 2262 y siguientes del Código Civil, por la presente estipulación se constituye en GARANTE solidario del(de la) BENEFICIARIO(A),
que es el(la) deudor(a) principal, y por consiguiente se compromete y obliga para con el acreedor, esto es, para con la FUNDACIÓN, en los mismos
términos y condiciones en que por el presente contrato se obliga al deudor principal, por lo que queda personal, solidaria e ilimitadamente
obligado a cumplir todas y cada una de las obligaciones que el(la) BENEFICIARIO(A) asume por este mismo instrumento a favor de la FUNDACIÓN,
especial y señaladamente las obligaciones de pago estipuladas en la cláusula tercera del presente contrato. Declara, además, que la fianza que
otorga comprende toda obligación accesoria a la deuda, y que en ejercicio del derecho previsto en el artículo 11 del Código Civil, libre, irrevocable
renuncia a los beneficios de orden y excusión.